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60 sunchalenses se inscribieron para acceder a los departamentos ProCreAr

Las inscripciones para acceder a los departamentos ProCreAr se abrieron a fines de septiembre de este año, son sesenta los sunchalenses que aspiran a ser considerados por el Banco Hipotecario para acceder al techo propio.

Los inscriptos

ALASSIA ANTONELA AYELEN
ALBARRACÍN LUIS ALBERTO
ALDERETE LUCIANO
ALEM GLADIS GUADALUPE
ALESSO PABLO
ALVAREZ ALEJANDRA
ARESSI LEANDRO
BASUALDO MARISA MELINA
BAUDUCCO LEOPOLDO
BLATNER JONATAN
BOFFELLI LUIS ALBERTO
BRIGNONE MARCELO DANIEL
BUFFET LUCIANO
CALDERAZZI ANDREA
CELIS MARCELA ALEJANDRA
CHAZARRETA DANIEL OSCAR
COMBA MARIA CIELO
CORDIDO MARICEL
DAIRA CAROLINA
DIETZ CRISTIAN RAÚL
ESPINDOLA CRISTIAN ANDRES
FELIZIANI GUIDO RENZO
FERRARI ANTONELA
FERREIRA PAULO EMANUEL
FERRERIS EDGARD ARIEL
FOGLIA MATIAS OSCAR
FONTANESSI PABLO DAVID
FUSTA LUCAS NAHUEL
GALVAN EDGARDO
GIGENA TAMARA
GIORDANA JAVIER
GIRAUDO CESAR GABRIEL
GÓMEZ LEANDRO
GONZALEZ LEONARDO
LAGGER CRISTIAN
LLULL GASTON BERNARDO JAVIER
MANFRINO ANTONELLA
MARENCO RODRIGO
MORLACCHI HERRLEIN TAMARA MILAGROS
MUÑOZ JONATHAN
NAVARRO LUIS MANUEL
OLLOCCO MELINA
PAGLIERO NADIA SOLEDAD
PANDAVENES ANDRES ALBERTO
PEIRONE MICAELA ISABEL
PROCHETTO ESTEBAN ANDRES
PUCHETA JOSE MARIA
REYNOSO MARCOS
RIGHI MAGALI ANTONELLA
RODRIGUEZ YANINA MARIA
ROTANIO MAURO JAVIER
RUSSO SERGIO
SANDOVAL MICAELA
SINGER MARIANA
TAMPANELLI LEANDRO ANGEL
VOGT LILIANA INES
WUSCOVI DAVID
ZILLI LAURA
ZURVERA NATALI

Requisitos para acceder a los departamentos ProCreAr

No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.

No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.

Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.

Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.

Acreditar el estado civil declarado en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, excepto el estado civil soltero.

Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.

Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVM y 8 SMVM.

Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.

No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

Tener domicilio actual en el departamento/partido de Castellano. Al momento de completar el código postal en el formulario de inscripción, se indicará si el predio Procrear corresponde a dicho domicilio.

Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

  1. Matrimonio.
  2. Unión convivencial.
  3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.



Empresas constructoras: AMG OBRAS CIVILES S.A.

Exclusivamente para vivienda única familiar y de ocupación permanente.

Las medidas, descripciones, fotografías e ilustraciones son orientativas y provisorias. La tipología, superficies y características de las unidades, así como los servicios generales y espacios comunes, están sujetos a modificaciones y replanteos que resulten de ajustes técnicos y/o requerimientos de las autoridades correspondientes. Las medidas definitivas surgirán de los planos de subdivisión sean los mismos de mensura y/o de afectación al régimen de propiedad horizontal aprobados por las autoridades correspondientes. 

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