El organismo fue creado a través de una Ordenanza sancionada el pasado 18 de agosto. Además, se aprobaron otras Minutas de Comunicación referidas a la necesidad urgente de actuar en favor del cuidado del medio ambiente.
En primer lugar, se instó al Municipio local a concretar la conformación de dicho ente en un plazo que no supere los 10 días hábiles.
La Ordenanza N° 3040 determina que deben ser convocadas en forma pública, y a su vez personalizada, organizaciones e instituciones de la comunidad.
El organismo deberá tener las siguientes características:
- Dos representantes del Municipio con competencia sobre la temática.
- Uno de ellos tendrá que estar a cargo del Observatorio Ambiental.
- Un concejal por cada bloque en representación del Concejo Municipal.
- Se deberá convocar a representantes del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
- Se deberá convocar a organizaciones o instituciones con personería jurídica.
- El objetivo social de esas entidades deberá incluir a la actuación en el área medioambiental.
- Podrán ser convocados representantes de instituciones educativas o especialistas técnicos.