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El Municipio deberá garantizar el servicio de personal idóneo en Lengua de Señas Argentina

Lo dispuso el Concejo Municipal, a través de la aprobación de un proyecto presentado por la concejala Andrea Ochat. Alcanza a cada dependencia donde se brinde atención directa al público. Se autorizó al Departamento Ejecutivo a contratar personal idóneo externo para prestar el servicio de intérprete, hasta tanto pueda contar con agentes de planta permanente con capacitación suficiente.

El Concejo Municipal de Sunchales aprobó la Ordenanza Nº 2860, por medio de la cual se establece que la Municipalidad debe garantizar el servicio de personal municipal que sepa comunicarse en Lengua de Señas Argentina (LSA),  en cada dependencia donde exista atención directa al público.

Por medio del artículo Nº 2 se crea el Servicio de agente municipal hablante idóneo de LSA, quien habiendo recibido capacitación específica es el encargado de informar y guiar a personas sordas, hablantes de LSA,  en la realización de trámites y gestiones dentro de las diferentes reparticiones del Municipio.

Para cumplir con lo dispuesto, la Municipalidad debe propiciar capacitaciones anuales al personal municipal. El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Gestión o la que en el futuro la reemplace, y el Concejo son los responsables, dentro de sus ámbitos de competencia, de definir el área y la planta mínima  necesaria para garantizar el Servicio.

El proyecto fue presentado por la concejala Andrea Ochat, quien expresó a la hora de la fundamentación que “con esta Ordenanza estamos dando un gran paso en el reconocimiento del derecho de toda persona a participar plenamente en la sociedad a la que pertenece y gozar de una forma no discriminada de todos sus servicios. Y lo hacemos  trabajando conjuntamente, con el fin de lograr una ciudad más accesible para las personas sordas, donde se contemple el respeto por la cultura de esta comunidad y se construya un entorno lingüístico apropiado que le de la libertad más fundamental: comunicarse en su propio idioma”.

Luego afirmó también quela iniciativa presentada en su momento fue el producto del trabajo conjunto, del cual  participaron docentes especiales e intérpretes de LSA, Asociación de Sordos de Santa Fe, instituciones, Concejo para la Inclusión de Personas con Discapacidad y Ejecutivo Municipal, “trabajo que seguirá siendo clave  en su puesta en marcha”, concluyó la autora.

Otros artículos de la norma aprobada

-Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios con organizaciones y personas idóneas que puedan acreditar experiencia en la temática, a fin de capacitar al personal y a la comunidad en general en LSA.

-Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar personal idóneo externo para prestar el servicio de intérprete, hasta tanto pueda contar con personal de planta permanente con capacitación suficiente.

-La capacitación brindada a las y los agentes municipales, mediando la presentación del correspondiente certificado de finalización y aprobación, debe registrarse dentro de los antecedentes laborales del personal municipal.

-Las y los agentes municipales que participen de la capacitación pueden tomarse el día previo al examen final para estudio, sin que se les descuente el  día ni el presentismo. En caso que la capacitación se realice fuera del horario laboral, los agentes pueden tomarse el compensatorio en correspondencia con  la cantidad de  horas de cursado.

-Hágase extensiva la invitación a participar de esta capacitación a Comisaría, Hospital, Centros de Salud, Bomberos Voluntarios y toda otra institución que  pueda mejorar su llegada a la comunidad a partir de este servicio.

-El Departamento Ejecutivo Municipal debe colocar carteles en lugares visibles de cada repartición donde exista atención directa al público, en el que se exprese claramente que el sector cuenta con un “Hablante idóneo  de LSA”, a disposición de quien lo requiera.

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