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Normativa vigente sobre la prestación del servicio de contenedores, obradores y baños químicos

La nueva norma fue aprobada tras una charla mantenida con los responsables de las empresas del rubro y funcionarios municipales. El texto fue el resultado de la unión de dos expedientes.

Uno fue presentado por el Concejo y el otro ingresado por el Municipio.

La Ordenanza designa como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y Rural. Además, está organizada en varios apartados, los cuales precisan:

  • Las obligaciones para las personas prestatarias.
  • Las características y el emplazamiento de los contenedores, obradores y baños químicos.
  • El traslado.
  • La disposición de los residuos.
  • Las sanciones correspondientes.

«Incorporamos baños químicos y obradores», apuntó Bertoglio. «Hasta ahora la norma vigente sólo hablaba de los contenedores o volquetes. Esta es la primera gran novedad», marcó.

Después, comentó: «Se requieren una serie de presupuestos y de recaudos mínimos a la hora de la colocación y de la remoción de estos dos elementos prestados por las mismas empresas». 

«Es una normativa absolutamente aplicable y completa», concluyó el concejal del PDP.

Fuente: Concejo Municipal.

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