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Provinciales

Santa Fe aún no define sobre actividades deportivas y reuniones familiares

Este miércoles se conoció el decreto n° 467 que permite realizar parte de las actividades habilitadas por Nación para el área metropolitana de la capital provincial y el Gran Rosario; entre las cuales se encuentra el trabajo del sector gastronómico bajo la modalidad “para llevar” y la venta de locales de centros comerciales con pago y entrega previamente convenidos.

En el Boletín Oficial de este miércoles, el Gobierno Nacional habilitó a la provincia de Santa Fe para que se permitan nuevas actividades del ámbito comercial, laboral y recreativo en las áreas metropolitanas de la capital y de Rosario. 

En el transcurso de la jornada, el gobierno provincial hizo conocer un decreto en el que otorga permiso a una parte de los ítems contemplado en el decreto nacional. En concreto, la gestión de Omar Perotti aún no definió cómo y de qué manera se reglamentarán dos puntos claves para la sociedad tras 75 días de cuarentena como lo son las actividades deportivas y las reuniones familiares.

Lo que sí reglamentó fueron las siguientes actividades  

  • Actividad de locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados), con la modalidad «para Ilevar» (también Ilamada «take away»), con la dotación mínima de personal necesario, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias ordenadas por las autoridades, dentro de los establecimientos y al momento de la entrega de los productos, en los horarios que establezcan las autoridades municipales o comunales, pudiendo a esos efectos los locales comprendidos en la excepción extender su horario de cierre más allá de las 19 horas.
  • Activídad del comercio minorista ubicado en locales dentro de centros comerciales, paseos comerciales o shopings, exclusivamente con la modalidad particular de pago y entrega previamente convenidos (también Ilamada «pick up»), a realizar en un espacio exterior lindante (playas de estacionamiento o similares), debidamente acondicionado, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias ordenadas por las autoridades, dentro de los establecimientos y al momento de la entrega de los productos.
  • Sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, partidos políticos, administración de Universidades Nacionales y Privadas con sedes en la provincia y administración de entidades deportivas: a puertas cerradas, con la dotación mínima de personal necesario que pudiera concurrir sin utilizar el transporte público de pasajeros, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo, en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota; días hábiles de lunes a viernes, no pudiendo excederse en el horario de cierre de las oficinas de las diecinueve (19) horas.
  • Actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares, comprendidos en el régimen de la Ley N° 26844: cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el  distanciamiento personal, siempre que se resolviera el traslado sin el uso del transporte público de pasajeros, sujeta a la condición de que ni en el domicilio de residencia del trabajador o la trabajadora, ni en el de prestación de servicios, se halle una persona sometida particularmente a aislamiento por presentar síntomas de COVID-19, o encontrarse en estudio y no definido como positivo de la enfermedad, por estar pendiente el resultado de los testeos; o por regresar de zonas definidas como «de riesgo» por la autoridad sanitaria nacional o provincial.

Fuente: El Litoral

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