En la Sesión Extraordinaria del viernes 18 de junio, el Concejo Municipal aprobó el proyecto presentado por el Municipio, por medio del cual se prorrogó el estado de emergencia sanitaria hasta el 31-07 del presente año, en el marco de la pandemia por Covid-19.
Además, la Ordenanza crea el Programa Especial de Asistencia a Sectores Económicos más afectados, como consecuencia de las restricciones establecidas. El Departamento Ejecutivo deberá informar mensualmente al Concejo Municipal el grado de ejecución y la readecuación de las partidas afectadas.
Se dispuso que cumplimentado el Programa y dentro de los 30 días posteriores, también deberá enviarse un informe de la cantidad de beneficiarios por actividad económica y monto total asignado. Asimismo, deberá detallarse la cantidad por rubro de solicitudes rechazadas, indicando los motivos.
Bases y condiciones del Programa según anexo aprobado
Establece una asistencia económica no reembolsable para todos los titulares de unidades económicas (establecimientos, locales y servicios) con asiento en la ciudad de Sunchales, correspondiente a los rubros que se detallan a continuación:
1. Gimnasios
2. Centros de pilates y yoga
3. Piletas climatizadas
4. Escuelas de artes marciales
5. Canchas de fútbol 5 y padel
6. Salas de baile, danzas y otras expresiones artísticas
7. Salones de juegos infantiles
8. Salones privados de eventos
9. Transportes escolares
10. Talleres y academias culturales y artísticas
11. Hoteles, residenciales y alojamientos
12. Sonido e iluminación, fotógrafos, alquiler de mobiliario para eventos, decoradores de fiestas
13. Bares y restaurantes (que no tengan local propio)
14. Servicios gastronómicos para eventos
Requisitos
Dispone que la asistencia económica sea otorgada a los titulares de las unidades económicas de los rubros antes descriptos que reúnan los siguientes requisitos:
1. Registrar pago del período mensual de Derecho de Registro e Inspección (DREI) diciembre 2019.
2. Desarrollar actualmente la actividad económica.
El Departamento Ejecutivo Municipal estará facultado para contemplar como supuestos especiales, aquellos casos de actividades arriba descriptas que si bien no se encuentran actualmente en actividad como consecuencia de haber sido afectada por la pandemia Covid-19, demuestren un compromiso mediante una declaración jurada de reiniciar la misma en el marco del presente Programa.
Estas incorporaciones las deberá evaluar la comisión creada por el Decreto Nº 3044/2021, Artículo 5º (Comisión DREI) con el procedimiento allí fijado.
No pueden ser beneficiarios/as del presente Programa el personal del Gabinete (funcionarios) del Departamento Ejecutivo Municipal, ni Concejalas/es.
Montos
1. A los Monotributistas Categorías A, B, C y social: $ 50.000
2. A los Monotributistas Categorías D, E, y F: $ 60.000
3. A los Monotributistas Categorías G, H, I, J y K: $ 70.000
4. A los Responsables Inscriptos, y Exentos $ 100.000
En todos los casos, la categoría será el elemento para determinar el monto a abonar. La asistencia económica brindada en el marco del presente programa será otorgada por única vez y bajo la modalidad de dos cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
Plazo límite de presentación de solicitudes
28 de junio de 2021
Fuente: Prensa Concejo Municipal.