La Municipalidad de Sunchales recuerda a la comunidad que por efecto de la Ordenanza N° 2504/2015 se adhiere a la Ley Provincial N°13.441 que regula el descanso dominical y las jornada laborales de los demás feriados nacionales establecidos. Esta ley en su artículo 3 establece que “deberán permanecer cerrados los establecimientos comerciales de venta de bienes y/o prestaciones de servicios” los días 24 y 31 de Diciembre desde las 18 hasta las 24 hs del 25 de Diciembre y el 1 de Enero.
Asimismo, establece en el artículo 4 que quedan excluidos:
- a) los establecimientos comerciales que sean atendidos por sus dueños y que no superen los ciento veinte metros cuadrados de superficie.
- b) los establecimientos ubicados en las estaciones terminales de cualquier medio de transporte;
- c) los locales que se encuentren en centro y/o paseos comerciales, que no superen los doscientos metros cuadrados de superficie;
- d) la recepción, distribución y venta de diarios, periódicos y revistas.
- e) los establecimientos que prestan servicios velatorios y de sepelio;
- f) las farmacias;
- g) los establecimientos que presten servicios esenciales de salud, transporte, hotelería, telecomunicación (excepto que realicen ventas comerciales) y expendio de combustibles;
- h) los establecimientos cuya actividad principal sea elaboración y/o venta de pan, pastelería, repostería, heladería, comidas preparadas, restaurantes, bares;
- i) los video clubes, florerías, ferreterías;
- j) los teatros, cines, juegos infantiles, circos y todos aquellos destinados a esparcimiento;
- k) los establecimientos dedicados a la venta de libros, música y videos de películas y/o similares ;
- l) los mercados de abasto de concentración de carnes, aves y huevos, pescados, legumbres y frutas.
- m) las ferias y mercados municipales.