En su última Sesión Ordinaria, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó una nueva Ordenanza para regular los actos de carga y descarga de mercaderías que se realicen en nuestra ciudad. Se trata de la norma N° 2454/2014 y establece distintas categorías de vehículos intervinientes, horarios y zonas previstas para los fines recién mencionados.
La normativa recientemente sancionada fue elaborada con el aporte de todos los sectores involucrados y se derogó de esta manera la Ordenanza N° 2433/2014, la cual había sido aprobada el 17 de septiembre. “Trabajamos en conjunto con representantes del Centro Comercial, del transporte y los supermercados; con aportes importantes del Departamento Ejecutivo Municipal y de cada uno de los Concejales”, se manifestó durante la fundamentación de la iniciativa.
En la nueva reglamentación se establecieron dos zonas específicas, para las cuales rigen diferentes disposiciones:
*Zona N° 1: área delimitada por la zona de estacionamiento medido (ZEM).
*Zona N° 2: área delimitada al Este por J. V. González y Leguizamón; al Norte por Urquiza; al Oeste por Lisandro de la Torre y Rivadavia; al Sur por Láinez y las arterias principales: Avda. Yrigoyen, hasta calles Colón-Gabasio; Avda. Sarmiento hasta calle Láinez; Avda. Belgrano hasta calle Chubut y Avda. Colón.
Luego de definir cada categoría de vehículo, se dispone que los incluidos en el apartado delivianos (con un peso que no exceda los 3.500 kg. de carga útil), podrán realizar actos de carga y descarga de mercadería en la zona N° 1 en los períodos de tiempo comprendidos entre las 6:00 y hasta las 9:00, y/o entre las 13:00 y hasta las 17:00. En la restante zona establecida no regirá la restricción horaria.
Por su parte, los vehículos semipesados (con un peso superior a los 3.500 kg. de carga útil e inferior a los 14.000 kg.), podrán realizar dichas tareas en el mismo período horario en la zona de estacionamiento medido y en la zona N° 2 se extiende el permiso una (1) hora más en cada turno establecido. En cuanto a los vehículos pesados (con acoplado y/o semirremolque), éstos tienen prohibido realizar actos de carga y descarga en ambos sectores delimitados. Excepcionalmente podrá autorizarse a camiones con dichas características, atendiendo al tipo de carga involucrada y tomando los recaudos necesarios para evitar alteraciones en el tránsito.
También se establecieron otras especificaciones sobre la materia legislada, así como los servicios exceptuados de cumplir con todas las obligaciones previstas. Dichos aspectos de la Ordenanza pueden ser consultados ingresando al Digesto Municipal de la página web del Concejo:
http://www.concejosunchales.gob.ar/documentos/digesto/O%202454%202014.pdf
Fuente: Prensa Concejo Municipal de Sunchales.